¿Cuándo empieza la media veda?
La media veda es una de las épocas más esperadas por los cazadores en España. Este período, que permite la caza de determinadas especies fuera de la temporada general, varía en fechas y regulaciones según cada comunidad autónoma. Conocer las fechas exactas y las normativas específicas de cada región es crucial para practicar la caza de manera legal y responsable.
En este blog, te ofrecemos una guía completa sobre el inicio de la media veda en cada comunidad autónoma. Desde las regiones del norte como Galicia y el País Vasco, hasta las del sur como Andalucía y Murcia, pasando por comunidades centrales como Castilla y León o Castilla-La Mancha, aquí encontrarás toda la información necesaria para planificar tu temporada de caza.
Media veda en Andalucía
Tener en cuenta la normativa específica de Almería a la que se puede acceder pinchando AQUÍ.
Conejo: 11 agosto - 24 noviembre. A diente, en mano se permite hasta el 29 de diciembre. Se permite jueves, sábados, domingos y festivos. En mano puede cazarse todos los días.
Codorniz, palomas y córvidos: 22 agosto - 28 septiembre jueves, sábados, domingos y festivos. En la zona costera de Cádiz se puede cazar del 1 de septiembre al 15 de septiembre todos los días.
Perros de madriguera: 11 de agosto al 9 de febrero los jueves sábados, domingos y festivos.
Notas adicionales:
- Conejo: Se podrán utilizar perros a partir del 11 de agosto. Se podrá ampliar hasta el 15 de diciembre, solo jueves, sábados, domingos y festivos, en terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, siempre que se autorice expresamente en el plan técnico de caza. Desde el 1 al 24 de noviembre el cupo máximo será de 3 piezas por persona cazadora y día.
- Palomas: Las palomas cazables en media veda son torcaz y bravía..
- Acuáticas: De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 581/2001, queda prohibida la tenencia y uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo en zonas húmedas.
Media veda en Canarias
Las especies cinegéticas autorizadas son el conejo, la codorniz común y la perdiz moruna y la paloma bravía. Queda prohibida la caza con escopeta los días festivos de carácter nacional, excepto que estos coincidan con jueves o domingo.
Conejo con perro y hurón: 4 de agosto al 24 de noviembre.
Codorniz común: 5 primeros domingos de apertura de escopeta.
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Media veda en Cantabria
Del 21 de agosto al 10 de septiembre de 2024, ambos incluidos. Durante este periodo únicamente se permite la caza de codorniz, urraca, corneja negra y paloma torcaz.
El horario hábil durante la media veda estará comprendido entre las 6:45 y las 21:15 horas. Dentro de los diferentes períodos hábiles para cada especie y/o modalidad únicamente se permite cazar los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de ámbito nacional o regional.
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Media veda en Cataluña
La caza durante el periodo de media veda sólo podrá practicarse en cotos de caza de régimen especial que hayan sido aprobados por su PTGC.
Días hábiles para la codorniz, la paloma torcaz, la garza y el estornino pinto: el 25 de agosto y el 1, 8 y 15 de septiembre, excepto la demarcación de Lleida y las comarcas de Cerdanya y Solsonès que son los jueves, sábados, domingos y festivos en el periodo comprendido entre el 21 de agosto y el 10 de septiembre, ambos incluidos.
Días hábiles para la paloma bravía, incluidas las variedades domésticas e híbridas, son: el 1 y 8 de septiembre, excepto en la demarcación de Lleida y las comarcas de la Cerdanya y el Solsonès, que son los jueves, sábados, domingos y festivos en el periodo comprendido entre el 1 y el 10 de septiembre, ambos incluidos.
Media veda en Galicia
Codorniz: 24 de agosto y el 15 de septiembre los sábados y domingos al salto o en mano. Requiere autorización expresa de la persona titular del órgano territorial de dirección competente en materia de conservación de la naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de Ourense.
Mas detalles y especificaciones AQUÍ.
Media veda en Baleares
La Orden mantiene la moratoria de caza de la tórtola europea una temporada más y se vedan dos especies de pato (el ánade rabudo y el porrón moñudo) a causa de la regresión de estas poblaciones tanto a nivel europeo como a nivel local. Además, este año no se permitirá la caza de tórtola turca, puesto que no es considerada especie cinegética en España
Conejo: se podrá cazar con escopeta, arco o aves de cetrería, sin perros ni elementos auxiliares, a partir del 23 de junio. Desde el 25 de junio se podrá cazar con la modalidad tradicional de podencos ibicencos. La caza del conejo estará permitida hasta el 1 de diciembre y será prorrogable hasta el 29 de diciembre con la autorización del titular del coto.
Liebre: se permitirá la caza de liebres con escopeta únicamente, durante los días 18 y 25 de agosto, con una captura máxima de una liebre por cazador y día. Además, en caso de que cualquier raza de perro de caza capture una liebre accidentalmente se permitirá que el cazador pueda llevársela.
Toda la información en el Boletín, PINCHA AQUÍ.
Media veda en La Rioja
La temporada de caza comenzará en la región el 15 de agosto, con la apertura de la media veda, que se podrá llevar a cabo los martes, jueves, sábado, domingos y festivos y que se prolongará hasta el 6 de septiembre para todas las especies autorizadas excepto la paloma torcaz, cuyo período comienza el 20 de agosto.
Toda la información AQUÍ.
Media veda en Navarra
Codorniz: En la Zona Sur, desde el 15 de agosto, hasta el 15 de septiembre de 2024, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, dentro de las áreas establecidas en los Planes de Ordenación Cinegética.
En la Zona Norte, desde el 15 de agosto, hasta el 15 de septiembre de 2024, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, en todos los terrenos acotados siempre fuera de zonas arboladas.
Paloma torcaz: 22 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2024, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. En los cotos de la Zona Sur, únicamente al salto en la zona de codorniz y desde puesto a vuelo de paloma.
En los cotos de la Zona Norte, únicamente al salto siempre fuera de las zonas arboladas.
Toda la información AQUÍ.
Media veda en el País Vasco
Se podrá cazar todos los días de la semana desde el 25 de agosto hasta el 22 de septiembre, ambos inclusive. Durante este periodo las especies susceptibles de aprovechamiento cinegético son: la codorniz, las palomas torcaz y bravía, la urraca y la corneja negra. La codorniz tendrá un cupo de 10 ejemplares y las palomas de 4 mientras que los córvidos se podrán abatir sin cupo.
Media veda en Aragón
Codorniz: 15 de agosto a tercer domingo de septiembre. Cupo máximo: treinta ejemplares por cazador y día. 2.
Paloma torcaz y urraca: desde el 21 de agosto a tercer domingo de septiembre. 3.
Ánade real en municipios específicos: 15 de agosto a tercer domingo de septiembre.
Paloma bravía y sus diferentes razas y variedades: 1 de septiembre a tercer domingo de septiembre.
Más detalles AQUÍ.
Media veda en Castilla La Mancha
La media veda comenzará el 20 de agosto al 15 de septiembre pudiéndose cazar codorniz, paloma torcaz y urraca (hasta el 21 de septiembre). Más detalles por provincias AQUÍ.
Media veda en Castilla y León
Desde el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro.
Desde el 25 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar, además, las siguientes especies: paloma torcaz y paloma bravía.
Media veda en la Comunidad Valenciana
En materia general se podrá cazar el 21 de agosto destacando cero para la tórtola europea, paloma zurita, cerceta carretona y grajilla. La temporada de caza de aves migratorias estivales en puesto fijo, que se iniciará el miércoles 21 de agosto y finalizará el 15 de septiembre de 2024.
Más información concreta AQUÍ.
Media veda en Extremadura
La media veda comienza el 15 de agosto y finaliza el 8 de septiembre de 2024 (codorniz, ánade real, estornino pinto, grajilla, urraca y zorro); las palomas torcaz y bravía del 22 de agosto al 8 de septiembre.
Toda la información AQUÍ.
Media veda en la Comunidad de Madrid
Se pueden cazar paloma torcaz, la paloma bravía, el estornino pinto, la urraca, la grajilla, la corneja, la codorniz y el zorro. En jueves, sábados, domingos y festivos desde el 15 de agosto.
Información detallada AQUÍ.
Media veda en la Región de Murcia
En esta imagen de AQUÍ encontrarás la resolución exacta.
Media veda en Asturias
Desde el primer día hábil a partir del 21 de agosto (22 de agosto) al 8 de septiembre de 2024, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten. La paloma bravía a partir del 1 de septiembre. Jueves, domingos y festivos (de carácter nacional, regional o local).
Toda la información AQUÍ.